ORIGEN: http://fibroamigosunidos.blogspot.com/2010/12/ley-352010-y-como-nos-afecta-los.html
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(¡DIFUNDIRLO POR FAVOR!)
http://www.fibroamigosunidos.com/noticias-en-nuestro-portal-f1/ley-35-2010-170910-nuevo-control-de-las-bajas-altas-medi-t19341.htm#
Ley 35/2010, 17.09.10. Nuevo control de las bajas-altas médicas a partir del día 26 de noviembre y como nos afecta a los enfermos de FIBROMIALGIA Y SFC
Madrid 26/11/2010 Este viernes, 26 de noviembre, entra en vigor la disposición de la Ley 35/2010, por la que se concede capacidad a los Inspectores Médicos del INSS y del ISM para emitir altas de inspección sobre los procesos de Incapacidad Temporal (IT) mantenidos por los facultativos del SNS sin la intervención de éstos o de su conocimiento, algo que, a juicio de Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Madrid (AISSMa) supone una intromisión inadmisible.
La AISSMa ha elaborado un informe en donde se cuestiona el procedimiento de la Alta de IT por el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y el ISM (ISM) ya que, desde su punto de vista, supone una intromisión inadmisible de una Administración no sanitaria, que asegura económicamente la contingencia de la IT, en el tratamiento del paciente, toda vez que la IT es la forma legal de prescripción de reposo, lo que podría conculcar la libertad de prescripción de los facultativos del Sistema Nacional de Salud (SNS)
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Más información
http://www.bolinf.es/wp/?p=27066
Ley 35/2010 -
http://www.congreso.es/constitucion/ficheros/leyes_espa/l_035_2010.pdf
informacion ofrecida por nuestras compañeras de AFIGRANCA
www.afigranca.org
ESTA ES LA RESPUESTA DE NUESTRO COMPAÑERO JUANMAROMO...
OTRA VUELTA DE TUERCA
Según la nueva ley, ya no serán los evaluadores del INSS o el ICAM quienes deberán anular las bajas por incapacidad laboral transitoria, a partir de ahora los inspectores de las SS, tendrán potestad para anular los partes extendidos por el médico de familia sin necesidad de recurrir a los centros de evaluación. Esto supone que en cualquier momento, y casi de inmediato, podrán tirarte a la calle aunque a penas no puedas moverte, y lo que es peor, deberás recurrir a ellos cada vez que necesites otra baja dentro de los seis meses siguientes a la última.
Lo que puede ser de poca importancia para las enfermedades comunes, cobra una importancia vital en las patologías crónicas, en las que si no se concede una invalidez, los periodos de incapacidad suelen ser cíclicos. Si con la ley anterior ya teníamos serios problemas, la nueva nos condena a un nuevo vía crucis todavía mas cruento.
Cada vez nos están apretando más las tuercas, esto ya se parece un garrote siniestro al que todos los enfermos crónicos estamos condenados. Con esta ley en la mano, va ser imposible que te den una baja en menos de seis meses ¿esto ...es un criterio médico? ¿se aplicará también a los enfermos crónicos?.
Enfermedades como las nuestras requieren bajas periódicas por agotamiento, y si debemos esperar más de seis meses entre una y otra harán nuestra supervivencia imposible. Está claro que quieren expulsarnos del mercado de trabajo a patadas sin ningún tipo de compensación ni pensión. En caso de que esto se cumpla, tendremos que dejarnos de tonterías y salir a la calle a exigir a cara de perro que ceje ya esa política de acoso y derribo contra nosotros y que se contemple la posibilidad de reducciones de jornada y jubilaciones anticipadas a pacientes mayores de cincuenta años y con más de treinta de cotización afin de que no pierdan todos sus derechos despues de toda una vida de trabajo. A ver que dicen las asociaciones de este nuevo atentado, porque este puede ser mortal de necesidad.
Juanmaromo
FUENTE: http://juanmaromo.blogspot.com/2010/11/otra-vuelta-de-tuerca.html
¿Cómo afecta la ley 35/2010 de medidas urgentes para la reforma laboral a los enfermos de FM y SFC?
Escrito por ACOFIFA | A Coruña
Antes de empezar con el tema motivo de esta carta desde la Asociación Coruñesa de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, ACOFIFA, queremos agradecer públicamente a María Huerta, Carmen Reija y a la directora de este medio la sensibilidad con la que siempre se ha tratado el tema de la fibromialgia desde este medio de comunicación.
El pasado viernes, 26 de noviembre, entró en vigor la Ley 35/2010. Con esta medida los inspectores médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y al Instituto Social de la Marina podrán dar altas médicas durante el primer año de una baja laboral sin aviso previo ni consulta con el médico de atención primaria ni con la Inspección de servicios sanitarios del Sistema Nacional de Salud.
A partir de ahora primarán los beneficios económicos sobre la salud del enfermo a la hora del alta por incapacidad temporal y el criterio del médico de cabecera quedará supeditado al del inspector médico del INSS, estos tendrán la última palabra y su criterio prevalecerá sobre el del médico de atención primaria. Así mismo, a partir de ahora cuando el alta sea expedida por el INSS o por el ISM, serán estas entidades las únicas competentes que podrán emitir, una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal por la misma o similar patología, si ésta se produce en el plazo de 180 días siguientes a la citada alta médica.
Un miembro de la Junta Directiva de la Asociación Coruñesa de Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica, ACOFIFA, ya ha sufrido en primera persona como nos va a afectar a los enfermos de estas dos enfermedades.
El martes se dirigió a su doctora de Atención Primaria por una contractura que le impedía mover el brazo. La doctora le dijo que por ella le daba la baja pero que podía suceder que la Mutua no le pagase estos días, recetándole medicación para su dolencia. Coincidiendo con la opinión de la doctora decidió ir a la mutua. Esta persona había estado de baja hasta el mes de julio por otra patología diferente por la que le dieron el alta en INSS.
Pues bien, como en la mutua no le solucionaron nada se dirigió al INSS y allí uno de los inspectores le dijo que no le daba la baja porque su contractura actual era un síntoma de la fibromialgia y que no podía darle otra baja en el plazo de 6 meses por la misma patología o patología similar, por lo que le dijo que tenía que ir a trabajar.
Nuestra enfermedad tiene como todo el mundo sabe bastantes síntomas. Pues que sepáis que si por ejemplo tenéis una baja por migrañas hasta dentro de 6 meses no podéis coger una baja por ejemplo por colon irritable o por dolor muscular o cualquier otro síntoma relacionado con la fibromialgia.
Desde ACOFIFA manifestamos nuestra disconformidad ante esta medida y no consideramos oportuno que sean entidades no asistenciales y ajenas a los servicios sanitarios públicos, quienes en última instancia puedan decidir sobre la duración de la incapacidad temporal de los trabajadores que la necesiten.
No vamos a permitir que jueguen más con nuestra salud, con la salud de las personas no se comercia.
Y para eso estamos las asociaciones, para impedir que nuestros derechos como enfermos sean pisoteados por la administración. Es la única vía posible para lograr que se nos respete como enfermos, los logros conseguidos hasta ahora aunque son pocos han sido producto del buenhacer de las distintas asociaciones de todo el territorio español y del espíritu de lucha de cada una de ellas, y a veces esta lucha no es solamente contra la administración si no que también contra aquellas personas que de una manera u otra tiran por la borda el trabajo serio de las asociaciones.
Solamente hay un camino y ese camino es el asociacionismo de los enfermos de fibromialgia y Sfc; nuestro objetivo sólo se alcanzará con la unión y participación de todos.
ACOFIFA
A Coruña
fuente:laopinioncoruña.es
http://enmiopinion.laopinioncoruna.es/cartas-al-director/1705-icomo-afecta-la-ley-352010-de-medidas-urgentes-para-la-reforma-laboral-a-los-enfermos-de-fm-y-sfc
Publicado por marife antuña
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